{"id":9522,"date":"2013-06-12T13:09:44","date_gmt":"2013-06-12T18:09:44","guid":{"rendered":"http:\/\/fiduinmobiliarios.com\/?p=9522"},"modified":"2013-06-12T13:09:44","modified_gmt":"2013-06-12T18:09:44","slug":"todo-acerca-de-la-retencion-por-cree","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fiduinmobiliarios.com\/?p=9522","title":{"rendered":"Todo acerca de la retenci\u00f3n por CREE"},"content":{"rendered":"<h1><span style=\"font-size: 13px;\">El gobierno en uso de sus funciones constitucionales, mediante decreto 862 de 2013 reglament\u00f3 la retenci\u00f3n en la fuente por CREE, impuesto de renta para la equidad CREE creado mediante ley 1607 de 2012.<\/span><\/h1>\n<p>Como consecuencia nuestros sistemas de informaci\u00f3n tienen que ajustarse a la nueva norma.<\/p>\n<p><b>\u00bfQui\u00e9nes son agentes retenedores del CREE?<\/b><b>\u00a0<\/b><\/p>\n<ul>\n<li>Las entidades de derecho p\u00fablico,<\/li>\n<li>Los fondos de inversi\u00f3n,<\/li>\n<li>Los fondos de valores,<\/li>\n<li>Los fondos de pensiones de jubilaci\u00f3n e invalidez,<\/li>\n<li>Los consorcios,<\/li>\n<li><a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/persona-juridica.html\">Personas Jur\u00eddicas<\/a><b><\/b><\/li>\n<li>Sociedades de hecho<b><\/b><\/li>\n<li><a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/persona-natural.html\">Personas naturales<\/a>\u00a0<a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/quienes-son-comerciantes.html\">comerciantes<\/a>\u00a0 que en el a\u00f1o inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a 30.000\u00a0<a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/uvt.html\">UVT<\/a>, ($781.470.000)<\/li>\n<\/ul>\n<p>La norma se\u00f1ala que son\u00a0\u00a0 Autorretenedores del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE quienes a 1 de mayo de 2013 tengan dicha calidad en el impuesto de renta, as\u00ed como quienes en adelante designe el Director General de la DIAN.<\/p>\n<p><b>\u00bfA Quienes se les debe practicar retenci\u00f3n por CREE?<\/b><\/p>\n<p>Se le debe practicar retenci\u00f3n en la fuente a titulo de CREE a todas las personas jur\u00eddicas, sociedades y asimiladas contribuyentes del impuesto a la renta. A las personas naturales NO se les debe practicar retenci\u00f3n por CREE, pues no son contribuyentes de este impuesto.<\/p>\n<p>Ahora bien, de manera expresa se\u00f1ala que no son sujetos del CREE los entes sin fines de lucro (tales como, cooperativas, corporaciones, fundaciones, asociaciones, cajas de compensaci\u00f3n familiar); es decir, los sujetos que pertenecen al r\u00e9gimen tributario especial no ser\u00e1n sujetos del CREE. A estos tampoco se les debe practicar retenci\u00f3n en la fuente por CREE. As\u00ed como tampoco son sujetos del CREE las zonas francas preestablecidas antes del 31 de diciembre de 2012 o aquellas que hayan radicado la solicitud de zona franca a la misma fecha anterior.<\/p>\n<p>Tampoco son contribuyentes del CREE, los hospitales, sindicatos, municipios, superintendencias, unidades administrativas y en general los no contribuyentes del impuesto de renta.<\/p>\n<p><b>Las empresas creadas bajo amparo de la ley 1429\u00a0<\/b>son sujetos pasivos del impuesto de renta para la equidad CREE y por tanto tambi\u00e9n se les debe practicar retenci\u00f3n en la fuente. Es de aclarar que si viene realizando aportes progresivos a parafiscales (SENA, ICBF, CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR) por ejemplo del 25% o 50%, deber\u00e1 seguir aportando pero \u00fanicamente a la Caja de compensaci\u00f3n familiar.<b>\u00a0<\/b><\/p>\n<p><b>\u00bfSobre qu\u00e9 base se le debe practicar la retenci\u00f3n?<\/b><b>\u00a0<\/b><\/p>\n<p>La retenci\u00f3n en la fuente por CREE no tiene base m\u00ednima de retenci\u00f3n, es decir, desde $1 en adelante se debe practicar la retenci\u00f3n, sin tener en cuenta el\u00a0<a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/impuesto-a-las-ventas.html\">IVA<\/a>.<\/p>\n<p>La retenci\u00f3n por CREE, debe practicarse sobre la actividad econ\u00f3mica que este en el RUT de sujeto pasivo, y no en funci\u00f3n del ingreso. Es decir que si\u00a0 una empresa\u00a0 tiene como\u00a0<b>actividad principal<\/b>\u00a0 el alquiler de veh\u00edculos automotores (0.60%)\u00a0<b>nos vende<\/b>lubricantes (aceites, grasas), aditivos y productos de limpieza de automotores (0.30%), la retenci\u00f3n que debemos aplicar es del 0.60% que corresponde a la establecida en el RUT.<\/p>\n<p>La norma es desmedida y exige que los retenidos exhiban\u00a0 el RUT al\u00a0<a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/agentes-de-retencion.html\">agente retenedor<\/a>\u00a0 y de forma supletoria manifestar bajo la gravedad de juramento la actividad econ\u00f3mica principal. Como las personas jur\u00eddicas pertenecientes al r\u00e9gimen com\u00fan no est\u00e1n obligadas a entregar copia del Rut a sus clientes, sean estos o no agentes retenedores, es importante que la facturaci\u00f3n se adecue a los par\u00e1metros del CREE, e indiquen bajo la gravedad de juramento en un aparte de la\u00a0<a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/que-es-una-factura.html\">factura<\/a>\u00a0o por fuera de esta, la actividad econ\u00f3mica principal con el c\u00f3digo respectivo. Aunque lo m\u00e1s\u00a0 adecuado es que, con la expedici\u00f3n de la factura se anexara copia del Rut.<\/p>\n<p><b>\u00bfQu\u00e9 porcentaje de retenci\u00f3n se debe aplicar?<\/b><\/p>\n<p>Las tarifas de retenci\u00f3n son tres,\u00a0<b>0.30%, 0.60% y 1.5%<\/b>\u00a0dependiendo de la actividad econ\u00f3mica que posea la empresa de la cual estamos recibiendo la factura.<a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/archivos\/tarifas-retencion-cree.pdf\" target=\"_blank\"><b>Ver tabla adjunta<\/b><\/a><\/p>\n<p><b>\u00bfCada cuanto debe practicarse la retenci\u00f3n?<\/b><\/p>\n<p>El art\u00edculo 2 del decreto 862 de 2013 habla del\u00a0<a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/abono-en-cuenta.html\">abono en cuenta<\/a>\u00a0\u00fanicamente,\u00a0 mientras que el art\u00edculo 3 ib\u00eddem, adiciona el concepto de pago. Es decir,\u00a0 la retenci\u00f3n en la fuente por CREE deber\u00e1 practicarse\u00a0 en el momento del pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero, dentro de un an\u00e1lisis arm\u00f3nico de la norma.<\/p>\n<p><b>\u00bfEn que cuenta se debe contabilizar la retenci\u00f3n por CREE?<\/b><b>\u00a0<\/b><\/p>\n<p>La contadur\u00eda general de la naci\u00f3n CGN, emiti\u00f3 la resoluci\u00f3n 159 del 24 de abril definiendo la cuentas para el sector p\u00fablico. Respecto al sector privado la Superfinaciera y la Superciociedades o en su defecto el ministerio de industria, comercio y turismo deber\u00e1 pronunciarse.<\/p>\n<p>Mientras se pronuncian, las cuentas id\u00f3neas son las 236570\u00a0 Otras retenciones y patrimonio, y la cuenta 135595 otros y en su defecto habilitar auxiliares por tarifas 0.3%,\u00a0 0.6% y 1.5% respectivamente.<\/p>\n<p>Respecto a el importe como tal del impuesto de renta para la equidad CREE, se debe provisionar al igual como se hace con el impuesto de renta y complementarios, por ser un impuesto sobre las ganancias. Y registrarse en su momento el impuesto diferido.<\/p>\n<p><b>\u00bfCuando se deben presentar las declaraciones de retenci\u00f3n por CREE?<\/b><br \/>\n<img loading=\"lazy\" alt=\"\" src=\"http:\/\/www.gerencie.com\/imagenes\/vencimientos-retencion-cree.gif\" width=\"588\" height=\"486\" border=\"0\" \/><br \/>\nCuando no hubiese retenciones en el periodo, tampoco se est\u00e1 obligado a presentar la declaraci\u00f3n de retenci\u00f3n por CREE en ceros.<\/p>\n<p>Los agentes retenedores que posean m\u00e1s de 100 sucursales o agencias presentaran la declaraci\u00f3n de retenci\u00f3n por CREE un mes despu\u00e9s del vencimiento legal previa solicitud y aprobaci\u00f3n por parte de la Dian.<\/p>\n<p><b>Aspectos espec\u00edficos por aclarar en la retenci\u00f3n por CREE<\/b><b>\u00a0<\/b><\/p>\n<ul>\n<li>Los pagos que se realicen mediante tarjetas de cr\u00e9dito y\/o debito\u00a0 tambi\u00e9n se les debe\u00a0 practicar retenci\u00f3n en la fuente, pues aun cuando el art\u00edculo 17 del decreto 406 de 2001 dispone que existe una traslaci\u00f3n del agente retenedor y que la obligaci\u00f3n de retener recae sobre la entidad emisora de la tarjeta, esta disposici\u00f3n solo aplica para renta y complementarios e IVA y no sobre el NUEVO impuesto de renta para la equidad CREE.<\/li>\n<li>Respecto\u00a0 a los\u00a0consorcios y uniones temporales\u00a0 cuando facturen a nombre propio,\u00a0 adicionalmente deber\u00e1 se\u00f1alar el porcentaje o valor\u00a0 de ingreso que corresponda a cada uno de los consorciados o los miembros de la uni\u00f3n temporal identific\u00e1ndolos con su\u00a0 raz\u00f3n social y\u00a0<a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/diferencia-entre-rut-y-nit.html\">Nit<\/a>.<\/li>\n<\/ul>\n<div><\/div>\n<div id=\"related-left\">\n<h4>Para complementar<\/h4>\n<ul>\n<li><a href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/procedimiento-tributario\/\">Procedimiento tributario 2013<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<div>\n<ul>\n<li><a title=\"Retenci\u00f3n en la fuente CREE: \u00bfen el pago o abono en cuenta?\" href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/retencion-en-la-fuente-cree-en-el-pago-o-abono-en-cuenta.html\" rel=\"bookmark\">Retenci\u00f3n en la fuente CREE: \u00bfen el pago o abono en cuenta?<\/a><\/li>\n<li><a title=\"Primicia tributaria. Decreto 862 de 2013, reglamentan \u00e9l cree, y rete cree a partir del 1 de mayo, pasado ma\u00f1ana tres tarifas de retenci\u00f3n m\u00e1s\" href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/primicia-tributaria-decreto-862-de-2013-reglamentan-el-cree-y-rete-cree-a-partir-del-1-de-mayo-pasado-manana-tres-tarifas-de-retencion-mas.html\" rel=\"bookmark\">Primicia tributaria. Decreto 862 de 2013, reglamentan \u00e9l cree, y rete cree a partir del 1 de mayo, pasado ma\u00f1ana tres tarifas de retenci\u00f3n m\u00e1s<\/a><\/li>\n<li><a title=\"\u00bfSi no estoy obligado a declarar renta y me practican retenci\u00f3n en la fuente puedo exigir que me la devuelvan?\" href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/si-no-estoy-obligado-a-declarar-renta-y-me-practica-retencion-en-la-fuente-puedo-exigir-que-me-la-devuelvan.html\" rel=\"bookmark\">\u00bfSi no estoy obligado a declarar renta y me practican retenci\u00f3n en la fuente puedo exigir que me la devuelvan?<\/a><\/li>\n<li><a title=\"Autorretencion en el impuesto sobre la renta para la equidad CREE\" href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/autorretencion-en-el-impuesto-sobre-la-renta-para-la-equidad-cree.html\" rel=\"bookmark\">Autorretencion en el impuesto sobre la renta para la equidad CREE<\/a><\/li>\n<li><a title=\"Consideraciones acerca del CREE\" href=\"http:\/\/www.gerencie.com\/consideraciones-acerca-del-cree.html\" rel=\"bookmark\">Consideraciones acerca del CREE<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<p>Tomado de Gerencia.com<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El gobierno en uso de sus funciones constitucionales, mediante decreto 862 de 2013 reglament\u00f3 la retenci\u00f3n en la fuente por CREE, impuesto de renta para la equidad CREE creado mediante ley 1607 de 2012. 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